El segundo acontecimiento del que se trata es el rescate del primogénito, que es propiedad incondicional de Dios.
El precio del rescate era de cinco siclos y se podía pagar en todo el país a cualquier sacerdote.
San Lucas cita ante todo explícitamente el derecho a reservarse al primogénito, pues tenía que ser consagrado (Ex 13, 2; 13, 12. 15). Pero lo singular de su narración consiste en que luego no habla del rescate de Jesús, sino de un tercer acontecimiento, de la “presentación” de Jesús. Obviamente, quiere decir: este niño no ha sido rescatado y no ha vuelto a pertenecer a sus padres, sin todo lo contrario: ha sido entregado personalmente a Dios en el Templo, asignado totalmente como propiedad suya.
Hablar de “presentación” es lo mismo que hablar de “ofrecimiento”, referido a los que ocurre con los sacrificios en el Templo. Suena aquí el elemento del sacrificio y el sacerdocio.
Sobre el acto del rescate prescrito por la Ley, San Lucas no dice nada. En su lugar se destaca lo contrario: la entrega del Niño a Dios, al que tendrá que pertenecer totalmente. Para ninguno de dichos actos prescriptos por la Ley era necesario presentarse en el Templo. Para San Lucas, empero, es esencial esta primera entrada de Jesús en el Templo como lugar del acontecimiento del “ofrecimiento”. Aquí, en el lugar del encuentro entre Dios y su pueblo, en vez del acto de recuperar al primogénito, se produce el ofrecimiento público de Jesús a Dios, su Padre.
