VOLVER SOBRE LAS INDULGENCIAS

by AdminObra

No se insistirá bastante a la hora de exponer la doctrina sobre esta caridad que la Iglesia nos anima a practicar.

Pues, por indulgencia, se entiende la REMISIÓN EXTRASACRAMENTAL (pues está fuera del ámbito del Sacramento de la Confesión), y que Dios acepta, de las penas temporales restantes debidas por los pecados (ya perdonados en cuanto a la “culpa” = la ofensa que se ha hecho a Dios) y que la Jerarquía (el Papa y los obispos) disponiendo del TESORO de satisfacciones que custodia la Iglesia, CONCEDE:

  • A los vivos, a modo de ABSOLUCIÓN.
  • A los difuntos, a modo de SUFRAGIO.

La indulgencia no es una remisión de la culpa. Hay que confesarse.

Las indulgencias son sacadas de ese “tesoro” de méritos (y satisfacciones) infinitos de Jesucristo, unidos con los méritos y excedentes (pues sobrepasaron en su vida la medida que debían por sus propios pecados) de todos los santos.

Por los fieles difuntos, se ofrecen sufragios (o intercesiones) que consisten en oraciones, limosnas, obras de piedad, muy especialmente la Santa Misa, y las indulgencias plenarias o parciales que se les puedan ganar y que la Iglesia propone a los fieles a través de gestos muy concretos.