Veamos, hoy, qué se considera “ritmo anual”.
El año es, junto con el día, el período con mayor entidad propia, ya que la semana y el mes tienen como base el día en relación al año.
El año puede ser “solar” o “lunar”, según se fije su duración a partir de la proximidad de la tierra al sol o computando los ciclos de la luna –doce fases completas-, respectivamente.
El año lunar es más antiguo, pero el solar es más perfecto.
Éste último tiene 365 días, 5 horas, 48 minutos y 48 segundos; mientras que el “lunar” tiene 354 días, 8 horas y 45 segundos; de ahí la dificultad que existió siempre para combinar ambos años.
Para resolver estas dificultades y poder medir el año con mayor precisión, se inventaron muchos sistemas, de los cuales los más importantes han sido el “juliano” –que toma su nombre de Julio César, que lo puso en vigor el año 45 A.C.-, el cual divide el año en 12 meses de 30 y 31 días alternativamente, excepto febrero, que consta de 28 días, a los que se añade 1 cada cuatro años; y el “gregoriano” que entró en vigor en 1582, fecha en que Gregorio XIII introdujo un cómputo más preciso.
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