EL COLOR AZUL PARA LA INMACULADA CONCEPCIÓN (D. Javier Sánchez Martínez, pbro. +)

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Tradicionalmente, en el ámbito español, el color azul-celeste es el color inmaculista, el emblema de la Pureza absoluta de Aquella que fue concebida sin mancha de pecado original, en previsión de los méritos redentores de Cristo.

El arte así representó a la Santísima Virgen, túnica blanca y manto azul-celeste, con la luna debajo de sus pies dejando establecida por los siglos la iconografía inmaculista.

Fue la visión de santa Beatriz de Silva sobre la Virgen la que influyó decididamente en la plasmación de la Concepción inmaculada de la Virgen: túnica blanca, envuelta en manto azul. Se enriqueció con los elementos de Apocalipsis (Ap 12) la luna a sus pies, las estrellas como corona; “para distinguirla de la Virgen ascendente de la Asunción, se la representa con los ojos dirigidos hacia la tierra, al tiempo que aquélla los tiene elevados al cielo donde Cristo la espera”.

Los imagineros y pintores del Barroco español así representaron a la Inmaculada: Alonso Cano, Pacheco, Velázquez, Zurbarán, Ribera, Valdés Leal, Murillo, etc., llegando a ser una representación popular muy querida.

No es de extrañar que el azul-celeste pasase a la liturgia para la solemnidad de la Inmaculada Concepción y su Octava, así como sus Misas Votivas de dicho misterio, tal como la Sgda. Congregación de Ritos, con el Decreto 4083, de fecha 12-febrero-1864 autorizó a España y a algunas Iglesias de Ultramar, como un privilegio especial (Righetti, Hª de la liturgia, vol. I, p. 562). Sin embargo, no se permite “en las fiestas de Lourdes y de la Medalla Milagrosa” (Mtnez. de Antoñana, p. 448), aunque la representación iconográfica de ambas es totalmente inmaculista.

El uso de ornamentos de color azul celeste (color del cielo, que simboliza pureza y la virginidad, y es asociado tradicionalmente a la Virgen María) es un privilegio que goza España y sus antiguos territorios para la solemnidad de la Inmaculada Concepción de María (8 de diciembre), su octava (los ocho días posteriores), y los sábados en que se utilice esta misa votiva, aun cuando no se corresponda con el color propio del tiempo litúrgico.

Suele afirmarse que este privilegio se le concedió a España en un decreto, por su defensa y propagación de la devoción a la Inmaculada Concepción, ya que los monarcas hispanos no solo pusieron a España bajo el patronazgo de esta advocación, sino que pidieron en numerosas ocasiones a los Papas que definieran el dogma. Los papas concedieron especial Misa y Oficio de este misterio al Reino y a todos sus dominios, al mismo tiempo que el privilegio de usar ornamentos azules en la fiesta y durante su octava y Misas votivas.

El privilegio del uso de ornamentos de color azul celeste también se extiende a la orden franciscana por su defensa a la Inmaculada siguiendo las enseñanzas de Duns Scotto. También lo tiene Alemania en algunas festividades de Nuestra Señora, y algunas diócesis de Nápoles.

En todos los demás países está terminantemente prohibido, y para enfatizar esta prohibición, el decreto que concede el «privilegio español» ha sido sacado de ediciones posteriores de las misales, no porque haya sido revocado, sino para frustrar la posible pretensión de obtener un permiso similar por parte de cualquier otra diócesis local.

Por tanto, el color litúrgico azul-celeste está reservado para la solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Virgen María: casulla, dalmática, capa pluvial, antipendio del altar, velo del cáliz, paño del ambón, colgaduras en las columnas, etc. Y, en España, sería necesario que este uso no se perdiera, sino que cada parroquia, convento y monasterio, tuviese sus preciosos ornamentos azules para tan señalada solemnidad del 8 de diciembre.

No es el azul-celeste “el color mariano” o el “color de la Virgen”, sino el color del Misterio de la Concepción Inmaculada. Para las demás solemnidades, fiestas y memorias de la Stma. Virgen el color propio que hay que emplear es el blanco.

Hemos de ajustarnos a las rúbricas. El azul-celeste se reserva para la solemnidad de la Inmaculada Concepción, pero no es extensivo su uso a otros momentos. Ocasiones hay en que algunos piadosos sacerdotes lo utilizan para la solemnidad de la Asunción de la Virgen María o para cualquier otra memoria mariana a lo largo del año litúrgico, arguyendo que es el “color de la Virgen”, que “a la Virgen no le importa”. En definitiva, un capricho devocional. También hay catedrales donde, o por gusto del Obispo desconocedor de las rúbricas, o por un canónigo prefecto de ceremonias ignaro de liturgia, el uso del color azul-celeste se extiende indebidamente mucho más allá de la Solemnidad de la Inmaculada a cualquier acto mariano, celebración devotísima, fiesta patronal o la preciosísima solemnidad de la Asunción de Nuestra Señora.

Sí, hemos de ajustarnos a las rúbricas y no a caprichos personales o gustos devocionales.

Pero es el Misal y sus rúbricas los que marcan el uso de los colores, que tiene su sentido y su adecuación al tiempo litúrgico y al misterio que se celebra.

Así, el color blanco (o dorado, tisú de oro, etc.) es el que se emplea para las fiestas y solemnidades de Nuestra Señora, y el azul-celeste se reserva exclusivamente para la solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Virgen María.