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QUINTA PARTE
CAPÍTULO IV
LA LIBERTAD SOCIAL
Derechos religiosos esenciales
- ¿Cuáles son los derechos religiosos esenciales para que se pueda hablar de libertad religiosa?
Los derechos religiosos esenciales para que se pueda hablar de libertad religiosa son:
- El derecho de los padres a transmitir la fe a sus hijos;
- El respeto de las creencias religiosas en las actividades educacionales seculares;
- El derecho de una persona a recibir educación religiosa individualmente o en grupo;
- El derecho de cada comunidad religiosa a organizarse como le parezca apropiado;
- El derecho de cada comunidad religiosa a manejar sus propias instituciones para el adiestramiento de nuevos pastores;
- El derecho de la comunidad religiosa a usar edificio es para la adoración, y a exigir que esos edificios sean respetados;
- El derecho a intercambiar abiertamente información religiosa y a adquirir material impreso, como libros de oraciones;
- El derecho a organizar medios de comunicación con propósitos religiosos y de tener acceso a otros medios;
- El derecho a reunirse libremente, incluso para peregrinaciones religiosas en el propio país y en el extranjero;
- El derecho a recibir trato igual al de otros ciudadanos, sin discriminación, en asuntos económicos, sociales y culturales.