Cánones de la unción de enfermos

by AdminObra

Del sacramento de la unción de enfermos (De sacramento unctionis infirmorum)

998 La unción de los enfermos, con la que la Iglesia encomienda los fieles gravemente enfermos al Señor doliente y glorificado, para que los alivie y salve, se administra ungiéndoles con óleo y diciendo las palabras prescritas en los libros litúrgicos.

De la celebración del sacramento (De sacramenti celebratione)

1000 § 1.    Las unciones han de hacerse cuidadosamente, con las palabras orden y modo prescritos en los libros litúrgicos; sin embargo, en caso de necesidad, basta una sola unción en la frente, o también en otra parte del cuerpo, diciendo la fórmula completa.

  • 2.    El ministro ha de hacer las unciones con la mano, a no ser que una razón grave aconseje el uso de un instrumento.

1001 Los pastores de almas y los familiares del enfermo deben procurar que sea reconfortado en tiempo oportuno con este sacramento.

Del ministro de la unción de enfermos (De ministro unctionis infirmorum)

1003 § 1.    Todo sacerdote, y sólo él, administra válidamente la unción de los enfermos.

De aquellos a quienes se ha de administrar la unción de los enfermos (De iis quibus unctio infirmorum conferenda sit)

1004 § 1.    Se puede administrar la unción de los enfermos al fiel que, habiendo llegado al uso de razón, comienza a estar en peligro por enfermedad o vejez.

  • 2.    Puede reiterarse este sacramento si el enfermo, una vez recobrada la salud, contrae de nuevo una enfermedad grave, o si, durante la misma enfermedad, el peligro se hace más grave.

1005 En la duda sobre si el enfermo ha alcanzado el uso de razón, sufre una enfermedad grave o ha fallecido ya, adminístresele este sacramento.

1006 Debe administrarse este sacramento a los enfermos que, cuando estaban en posesión de sus facultades, lo hayan pedido al menos de manera implícita.

1007 No se dé la unción de los enfermos a quienes persisten obstinadamente en un pecado grave manifiesto.