CÓMO ENTENDER LAS APARICIONES MARIANAS – y 7

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Para el juicio de la Iglesia es responsable, sobre todo, el obispo diocesano. Su cometido es doble: juzgando por los frutos, primero da la autorización para el culto y, a continuación, se pronuncia sobre la autenticidad de las apariciones.

La Congregación para la Doctrina de la Fe puede intervenir cuando el fenómeno asume vastas proporciones y por otros motivos graves, consultando al obispo local o bien eventualmente también a la conferencia episcopal.

El lucido puede ser: SE CONSTATA EL CARÁCTER SOBRENATURAL DEL EVENTO; SE RECHAZA; o, bien, se subraya NO PODER AFIRMAR EL ORIGEN DIVINO.