CONOCE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA (DSI) – 206

by AdminObra

QUINTA PARTE

CAPÍTULO V

EL RESPETO Y LA PAZ

La defensa jurídica de los propios derechos

  1. ¿Toda persona humana, como ciudadano, tiene derecho al reconocimiento y a la defensa jurídica de los propios derechos?

Toda persona humana, como ciudadano, tiene derecho al reconocimiento y a la defensa jurídica de los propios derechos, ya que de lo contrario las declaraciones y legislaciones en favor de los derechos naturales fundamentales quedarían en letra muerta.

De la misma manera, todo ciudadano que comete delito se hace acreedor –por exigencia de la justicia conmutativa- a una pena. El Estado impone la pena como retribución debida por la infracción cometida y con el fin de evitar nuevos delitos; y sin perjuicio de buscar, además, la rehabilitación del delincuente.